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Decreto de Urgencia N° 034-2020

SE DISPUSO EL RETIRO DE FONDOS DE LA AFP, DE HASTA S/ 2,000.00, PARA AFILIADOS QUE NO HAYAN APORTADO EN UN PERÍODO MÍNIMO DE 06 MESES

Mediante Decreto de Urgencia N° 034-2020, publicado el día 01 de abril de 2020, se dispuso que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), que hasta el 31 de marzo de 2020 no hayan aportado a su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) en al menos seis (06) meses consecutivos puedan realizar por ÚNICA VEZ, el RETIRO EXTRAORDINARIO de hasta S/ 2,000.00 Soles de su CIC. Específicamente se detalle lo siguiente:

Ámbito de aplicación  

Los afiliados al SPP, que hasta el 31 de marzo de 2020 no hayan aportado a su CIC en al menos seis (06) meses consecutivos.

 

Monto  

Los afiliados beneficiados podrán retirar hasta el monto de S/ 2,000.00 Soles de sus CIC.

 

Si el afiliado tiene en su CIC menos de S/ 2,000.00, la AFP deberá de poner a disposición del afiliado el íntegro de dicha CIC en el mes de abril

 

Periodicidad Por única vez.
Forma para realizar el retiro  

Se deberá de remitir una solicitud a la Administradora Privada de Fondos de Pensiones (AFP), de manera remota o utilizando los canales que establezca la propia AFP.

 

Fecha de pago  

En el mes de abril, la AFP debe poner a disposición del afiliado el pago del monto solicitado.

 

 

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) deberá determinar las condiciones de atención de solicitudes y pago de afiliados y el procedimiento operativo para ello.