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Alertas jurídicas

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Aprueban Procedimientos Administrativos Estandarizados del Sector Trabajo y Promoción del Empleo cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales

Se ha publicado el Decreto Supremo  021-2021-PCM, a través del cual se aprobaron nueve (9) procedimientos administrativos estandarizados del Sector Trabajo y Promoción del Empleo y diez (10) tablas ASME-VM con los flujos óptimos para la adecuada tramitación de los procedimientos administrativos.

Procedimientos aprobados

Procedimiento

Descripción

Inscripción en el Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo

Procedimiento mediante el cual una persona natural o jurídica solicita el Registro de una Agencia Privada de Empleo a efectos de habilitarla para realizar actividades de colocación laboral, tanto en el territorio nacional como para el extranjero.

Inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC

Procedimiento mediante el cual una persona natural que se dedica a la actividad de construcción civil en obras cuyos montos exceden las 50 UIT, solicita su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil- RETCC con el objetivo de quedar habilitado para desempeñarse en el sector por espacio de dos años.

Cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC a solicitud del trabajador

Procedimiento mediante el cual una persona natural que se dedica a la actividad de construcción civil e inscrito en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC solicita al gobierno regional la cancelación de su inscripción.

Declaratoria de huelga en el sector privado

Procedimiento mediante el cual las organizaciones sindicales del sector privado presentan la comunicación de huelga (la cual ha sido previamente dirigida a su empleador) a fin de que sea calificada por parte del gobierno regional.

Aprobación del Reglamento Interno de Trabajo

Procedimiento mediante el cual una persona jurídica (empleador) que ocupe más de cien (100) trabajadores presenta al gobierno regional su Reglamento Interno de Trabajo.

Aprobación del contrato de trabajo del personal extranjero

Procedimiento mediante el cual una persona jurídica solicita la aprobación de los contratos de trabajo suscritos con trabajadores de nacionalidad extranjera.

Aprobación de la prórroga o de la modificación del contrato de trabajo del personal extranjero

Procedimiento mediante el cual una persona jurídica solicita la aprobación de las prórrogas y/o modificaciones de los contratos de trabajo suscritos con trabajadores de nacionalidad extranjera.

Aprobación de la modificación del Reglamento Interno de Trabajo

Procedimiento mediante el cual una persona jurídica (empleador) que ocupe más de cien (100) trabajadores, presenta al gobierno regional la modificación de su Reglamento Interno de Trabajo.

Autorización previa a las y los adolescentes para que realicen trabajo por cuenta ajena o en relación de dependencia

Procedimiento mediante el cual una persona natural solicita la autorización previa para que las y los adolescentes realicen trabajo por cuenta ajena o en relación de dependencia, evaluando previamente que las labores para las que van a ser contratados no afecten su salud física, mental, emocional; y en términos generales, su desarrollo integral, así como su asistencia a la escuela, y que no se realicen en horarios inadecuados.

Ámbito de aplicación 

Las disposiciones son de aplicación para todos los gobiernos regionales a cargo de la tramitación de los procedimientos administrativos estandarizados del sector Trabajo y Promoción del Empleo.

Vigencia

Las disposiciones del Decreto Supremo entran en vigencia a los treinta (30) días hábiles, a partir del día siguiente de su publicación. Asimismo, los gobiernos regionales, en el plazo de cinco (5) días desde la entrada en vigencia, deben incorporar los procedimientos en los respectivos TUPA.

En caso tenga alguna consulta, puede contactar con Víctor Ferro ([email protected]), Sandro Núñez ([email protected]) o Armando Gutiérrez ([email protected]).